Para obtener el certificado oficial no basta con realizar un curso privado. Debes cumplir los requisitos, presentar la solicitud dentro del plazo y resultar apto en las dos pruebas convocadas por la Comunidad de Madrid.
Los cuatro requisitos de participación
- Ser mayor de edad cuando termina el plazo de presentación de solicitudes.
- Tener nacionalidad española o de un Estado de la Unión Europea, o disponer de los permisos de residencia y trabajo que correspondan.
- Carecer de antecedentes penales o tenerlos cancelados.
- Haber abonado íntegramente la tasa dentro del plazo, salvo que resulte aplicable una exención oficial.
Documentación para la solicitud
La convocatoria puede permitir que la Administración consulte algunos datos de identidad. Cuando corresponda, se aporta la documentación de identidad, nacionalidad, residencia y trabajo; el modelo 030 y justificante de la tasa; y la prueba de una exención.
Pagar la tasa no sustituye la solicitud. Ambos pasos deben quedar completados dentro del plazo oficial.
Documentación después de resultar apto provisional
La Orden prevé un segundo momento documental. Quien figure como apto provisional debe aportar el certificado del Registro Central de Penados, la declaración jurada o promesa relativa a antecedentes en el extranjero y una fotografía tamaño carné, dentro del plazo que se publique.
En 2026 se concedieron diez días hábiles. Ese plazo debe comprobarse de nuevo en la siguiente convocatoria.
Tasa y convocatoria: datos que cambian
La tasa de la convocatoria de 2026 fue de 102,01 €, modelo 030, epígrafe 13000. La inscripción estuvo abierta del 2 al 13 de febrero de 2026 y ya está cerrada.
Ese importe, las fechas y el lugar del examen no son permanentes. A 10 de agosto de 2026 no existe una nueva inscripción abierta confirmada. La Orden establece al menos una convocatoria anual, pero no permite inventar el calendario de la siguiente.
Exenciones de la tasa en 2026
La convocatoria de 2026 contempló exención para personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo durante al menos dos años, y para víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. La persona interesada debe justificar la circunstancia en la forma establecida.
Preguntas frecuentes
¿Necesito Bachillerato o ESO?
La normativa oficial revisada no exige una titulación académica determinada.
¿Es obligatorio hacer un curso privado?
No. Un curso privado puede ayudarte a prepararte, pero no es un requisito oficial ni expide el certificado.
¿La tasa sigue siendo 102,01 €?
Fue la tasa de la convocatoria de 2026. Debes comprobar el modelo 030 y el importe de cada nueva convocatoria.
¿Hay una convocatoria abierta ahora?
A 10 de agosto de 2026 no figura una nueva inscripción abierta en el trámite oficial revisado.